Paulina Astroza Suárez
Profesora Asociada en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción, Chile
La pandemia global de la covid-19 alcanzó a Chile en un complejo escenario: en pleno estallido social iniciado en la primavera del 2019, con muy baja confianza en las instituciones y un incipiente camino hacia un proceso constituyente.
Antes de conocerse los primeros contagios en Chile, el país se había trazado un calendario que incluía un plebiscito al inicio del año, la elección de diputados constituyentes en octubre y, al término, un plebiscito –una vez terminado el trabajo de la Asamblea Constituyente– para ratificar o no la nueva Carta Magna. Originalmente, el 26 de abril se iba a consultar a los ciudadanos si aprobaban o no una nueva Constitución que sentase las bases del Estado (“¿Quiere usted una Nueva Constitución?”). Además, se preguntaría qué tipo de órgano se prefería para elaborar el nuevo texto constitucional: una Convención Constitucional elegida íntegramente por los votantes o una Convención Mixta Constitucional en la que un 50% de esta estaría integrada por miembros del Congreso Nacional elegidos por este, y el 50% por constituyentes elegidos por sufragio universal.
El 15 de noviembre del 2019, se alcanzó en el Senado el “Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución” por parte de casi la totalidad de los partidos políticos chilenos (con la excepción del Partido Comunista y algunos sectores del Frente Amplio) para abrir un cambio constitucional en democracia, lo que se tradujo en Ley 21.200 que modificaba el Capítulo XV de la Constitución y que permitía incluir esta decisión en el ordenamiento jurídico. Cabe señalar que en la actual Constitución chilena el recurso del plebiscito o referéndum está muy restringido, por lo que se hacía necesario enmendarla para dar curso a esta ruta constituyente.
Un hecho significativo a destacar, además, es la aprobación por parte del Congreso Nacional de la ley 20.126 de 24 de marzo del 2020 sobre la “modificación de la Carta Fundamental para permitir la conformación de pactos electorales de independientes y garantizar la paridad de género en las candidaturas y en la integración del órgano constituyente que se conforme para la creación de una nueva Constitución Política de la República”1. De esta manera, en un hecho sin precedentes en la historia del país, esta ley asegura la representación paritaria de hombres y mujeres en la Convención Constitucional.
El nuevo contexto ha implicado, no solo una desmovilización de la ciudadanía, sino que ha forzado a reprogramar el camino constituyente
En este escenario, Chile se preparaba para iniciar un complejo mes de marzo, con el anuncio de nuevas movilizaciones sociales y marchas en las calles, que habían disminuido durante el período estival y que se pretendían retomar tras las vacaciones de verano. El mes de marzo comenzó, efectivamente, con multitudinarias manifestaciones a lo largo del país por el Día Internacional de la Mujer. Sin embargo, la pandemia de la covid-19 agitó, como en el resto del mundo, al país, llamado al confinamiento para aplanar la curva creciente de contagios y muertes, cuarentenas en algunas comunas (empezando por siete comunas en Santiago), cordones sanitarios en otras y declaración de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe2 con toque de queda en todo Chile.
El nuevo contexto ha implicado, no solo una desmovilización de la ciudadanía, sino que ha forzado a reprogramar el camino constituyente. Es por esto que el plebiscito inicial se ha visto pospuesto al 25 de octubre del 2020 y la elección de los constituyentes para el 11 de abril del 2021.
Si bien uno podría suponer que la contingencia ha dejado de lado o desplazado la reflexión sobre la necesidad de una nueva Constitución en Chile, estimo que es todo lo contrario. Cuando se retome el debate sobre el proceso constituyente, tendremos que recordar todo lo que estamos viviendo en estos momentos. Pensar qué queremos cambiar de nuestra actual institucionalidad, reflexionar sobre nuestras carencias, nuestras debilidades y fortalezas y, en especial, sobre la lógica que funda las decisiones de políticas públicas que en Chile se están llevando a cabo.
- Ley 20.126 que modifica la Carta Fundamental para permitir la conformación de pactos electorales de independientes y garantizar la paridad de género en las candidaturas y en la integración del órgano constituyente que se conforme para la creación de una nueva Constitución Política de la República, 24 de marzo del 2020 https://www. leychile.cl/Navegar?idNorma=1143661
- Durante el estallido social del 2019 en Chile se declaró el Estado de Emergencia Constitucional con toque de queda.